¿Sabes que el acuerdo ATP (Acuerdo sobre Transporte Internacional de Mercancía Perecedera) no solo afecta al transporte de la mercancía perecedera por carretera, sino que también aplica al transporte ferroviario y al transporte marítimo de corta distancia?
Siempre que este último, se realice a una distancia inferior a 150 km, si las mercancías se trasladan en las unidades utilizadas para el recorrido o los recorridos terrestres, sin transbordo de la mercancía, y que estos trayectos precedan o sigan a una o varias de las operaciones previstas para el transporte terrestre (ferrocarril y/o vehículo de motor) o si el transporte marítimo se realiza entre dos transportes terrestres de este tipo.
El transporte de mercancía perecedera no es solo una cuestión de logística, sino también una responsabilidad para con la salud de las personas y para la calidad de los productos.
El acuerdo ATP se aplica al transporte de productos que pueden deteriorarse fácilmente por una temperatura inadecuada y es el que establece las directrices sobre los medios de transporte especiales destinados al transporte de estos productos.
El objetivo de los ensayos realizados en nuestras Estaciones oficiales y acreditadas ATP de SCI, es garantizar que la mercancía transportada llegue al destino en buen estado y sin riesgo de deterioro debido a un transporte inadecuado.
Realizar estos ensayos, es una garantía de cumplimiento de los requisitos internacionales obligatorios y una condición imprescindible que también requieren grandes empresas y cadenas comerciales para el reparto de sus productos, asegurando así la calidad en los servicios de transporte.
El incumplimiento de esta obligatoriedad tiene graves consecuencias, desde sanciones económicas hasta la pérdida de la posibilidad de realizar transporte internacional o nacional, ya que, en este caso, el vehículo o la unidad no puede garantizar las condiciones adecuadas para la conservación de la calidad de los productos perecederos.

