¿Conoce las consecuencias de no cumplir con la normativa y no pasar el túnel del frío?

Los vehículos de transporte de mercancías perecederas deben someterse a ensayos de determinación K ó ensayos de verificación K en una estación de Ensayos ATP acreditada, como paso previo necesario para poder obtener/renovar el certificado de conformidad ATP y que el propietario del vehículo no se vea afectado por las consecuencias de no cumplir con la normativa vigente.

¿Cuáles son las consecuencias de no pasar el túnel de frío? Desde SCI, Control & Inspección, como Estación de Ensayos ATP acreditada por ENAC para la realización de ensayos de medida y verificación de isotermia ATP, explicamos la importancia de pasar el túnel de frío.

¿Cada cuánto tiempo hay que pasar el ensayo del túnel de frío de vehículos para transporte de mercancías perecederas?

Para UNIDADES EN SERVICIO, las últimas actualizaciones de la normativa aplicable fijan en 15 años la antigüedad a la que los vehículos de transporte de mercancías perecederas deben pasar el túnel del frío para someterse a un ensayo de verificación del coeficiente global de transmisión térmica K como paso previo a la renovación del certificado de conformidad ATP. Esta modificación llega tras la publicación de la Orden ICT/370/2021, de 14 de abril, por la que se modifican los anejos del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones.

Si el vehículo de transporte de mercancías perecederas se mantiene en servicio al alcanzar los 24 años de antigüedad, tendrá que volver a someterse a un ensayo de verificación K. Posteriormente, deberán realizarse estos ensayos cada tres años en un túnel de frío autorizado mientras que la unidad isoterma se mantenga en servicio.

Para UNIDADES IMPORTADAS, cuya caja tenga una antigüedad de 6 o más años, desde su fecha de fabricación, tienen que ensayarse en el túnel del frío para poder obtener el certificado de conformidad ATP español. Sin este ensayo, no podrá homologar el isotermo en España.

A partir de ahí, se comportará como un vehículo en servicio, teniéndose que ensayar en túnel a los 15 años, después a los 24 y a partir de ahí cada 3 años. (Excepto aquellas unidades con antigüedad de 12 años o más e inferior a 15, que volverán a 24 años, y a partir de ahí cada 3).

Consecuencias de no pasar el túnel de frío

¿Qué pasa si una unidad isoterma con más de 15 años de antigüedad no pasa el túnel de frío? Dependerá del año de fabricación del vehículo especial de transporte de mercancías perecederas en cuestión. Si la antigüedad de la unidad isoterma en el momento en el que se aprobó la modificación de la normativa, es decir, el pasado 1 de julio de 2021, era superior a 15 años, pero inferior a 21, el momento de pasar el túnel de frío podrá posponerse hasta que el vehículo alcance los 21 años. En estos casos, no habrá consecuencias para el propietario del vehículo especial de transporte de mercancías perecederas, ya que se trata de un supuesto contemplado por la normativa vigente.

Sin embargo, si un vehículo de transporte de mercancías perecederas que ha cumplido los 15 años después de la modificación de la norma no pasa el túnel de frío, su propietario deberá enfrentarse a las consecuencias de incumplir la normativa. La principal consecuencia y aquella que más debería preocupar a los transportistas de mercancías perecederas es la relacionada con la seguridad. Hay que tener en cuenta que este tipo de vehículos suelen estar destinados al transporte de alimentos y medicamentos, por lo tanto, las condiciones de transporte para la conservación del producto deben ser óptimas. Tras superar el ensayo en el túnel de frío, se garantiza que la unidad isoterma especial para el transporte de mercancías perecederas está apta para transportar alimentos y otros productos que necesitan conservarse sin deteriorarse. Para ello, deberán ser transportados en un vehículo preparado y certificado de acuerdo al ATP.

A partir de los 24 años de antigüedad, las consecuencias serán las mismas por incumplimiento de la normativa.

SANCIONES POR NO DISPONER DEL CERTIFICADO ATP

Si planteamos esta cuestión desde el plano más práctico, un vehículo especial de mercancías perecederas que no ha pasado el túnel de frío estará poniendo en riesgo al consumidor final del producto que transporta. Además, estará ofreciendo a sus clientes y colaboradores, de un modo fraudulento, una garantía de seguridad y certificación de la que carece. Lo correcto es que el cliente o colaborador solicite el certificado de conformidad ATP, que confirma si el vehículo está autorizado para el transporte de la mercancía perecedera correspondiente, un certificado que solo podrá obtenerse una vez superado el ensayo en el TÚNEL DE FRÍO.

¿Existen sanciones o multas por no pasar el túnel de frio? En caso del transporte de mercancías que requieran mantenerse a una determinada temperatura para su conservación, puede haber graves sanciones si el producto es consumido tras deteriorarse a causa de un transporte inadecuado. Habría que estudiar cada caso de manera independiente, pudiéndose considerar como sanciones muy graves, graves, o leves. No obstante, se consideran sanciones las siguientes:

  • No disponer del certificado ATP, tenerlo caducado o falseado (Expedidor y transportista).
  • Transporte de mercancías perecederas ultracongeladas careciendo o no llevando instalado el aparato registrador de temperatura. (Transporte Público, Inmovilización, Transportista)
  • Realizar el transporte de mercancías perecederas sin llevar en el vehículo las marcas de identificación e indicaciones reglamentarias o llevarlas en lugares distintos a los establecidos (Transportista o el titular del vehículo).
  • Transporte de productos alimenticios sin indicaciones claramente visibles de su utilización para transporte de productos alimenticios o bien la indicación «exclusivamente para productos alimenticios» (Transportista o el titular del vehículo).
  • No llevar a bordo del vehículo el certificado de conformidad del mismo, poseyéndolo. (Transportista o el titular del vehículo).

Para evitar los riesgos derivados de no ensayar su isotermo que transporta mercancías perecederas en el plazo requerido, recuerde llevar su vehículo a pasar el túnel de frío siempre que corresponda según la normativa. Puede pedir cita para el ensayo ATP llamándonos por teléfono (+34 91 884 43 93), escribiéndonos un correo electrónico (comercial@scisa.es) o bien enviándonos un mensaje a través de WhatsApp (+34 628 24 61 64). Desde el TÚNEL DE FRÍO de SCI Control & Inspección (SCISA) estamos a su disposición para cual duda o aclaración que desee solicitar.

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